Hobariak

Bonificaciones municipales

 

Qué son

Las bonificaciones son los beneficios económicos que se aplican en las cuotas por la prestación de servicios básicos mediante tasas y precios públicos.

 

Servicios a los que se aplican bonificaciones

  • Servicio de abastecimiento de agua
  • Recogida y tratamiento de residuos*
  • Servicios funerarios**
  • Uso de huertas municipales
  • Abonos y cursos del polideportivo Oiardo
  • Escuela Infantil
  • Udajolas

* Sujeto a la tarifa fija de las viviendas.
​​​​​​​** Inhumaciones y exhumaciones, excepto las del panteón.

Nota: por ley, las bonificaciones del servicio de abastecimiento de agua y recogida de residuos sólo son aplicables a los propietarios de las viviendas.

 

Quién puede solicitar las bonificaciones

Titulares de los servicios, que deberán estar empadronados/as en Usurbil. En el caso del agua, residuos y alcantarillado, los titulares son los/as propietarios/as.

 

Requisitos para ser beneficiario

  • Censo.
    • Todos los miembros de la unidad de convivencia* deberán estar empadronados en Usurbil con anterioridad a la presentación de la solicitud. Todos ellos serán tenidos en cuenta como beneficiarios.
    • Cualquier baja o alta en el padrón que afecte a la unidad de convivencia deberá ser comunicada al ayuntamiento, ya que pueden modificar las condiciones de bonificación.

      * Se entiende por unidad de convivencia lo establecido en el artículo 9 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social.
       
  • Condiciones económicas.
    • Las unidades de convivencia tendrán los siguientes límites de ingresos anuales en función del número de miembros:


      Nº de personas de la
      unidad de convivencia
      Bonificación
      90% 75% 50%
      1 < 17.464 17.464 – 19.845 19.846 – 23.814
      2 < 22.861 22.861 – 25.878 25.879 – 31.117
      3 < 24.925 24.925 – 28.418 28.419 – 34.133
      4 o más < 26.830 26.830 – 30.641 30.642 – 36.674
    • Por ejemplo: si una unidad de convivencia compuesta por tres miembros obtiene, al año, ingresos de 22.000 euros en total, obtendrá una bonificación del 90%, y por lo tanto, sólo tendrá que abonar el 10% de la tasa.
    • Los límites de los ingresos económicos se establecen según el Salario Mínimo Interprofesional. Última actualización de la tabla: 27 de junio del 2024.
       
    • Como ingresos anuales se tendrán en cuenta las bases liquidables de las declaraciones anuales de IRPF de todos los miembros de la unidad de convivencia, si estuviera en plazo de presentación, y la última a presentar si el plazo no estuviera abierto.
    • Si no se ha presentado la declaración de IRPF, entonces se tendrán en cuenta los rendimientos brutos del último año natural (nóminas, ingresos patrimoniales...).
    • Los saldos de las cuentas del beneficiario o de cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia no podrán superar, en su conjunto, los 30.000 euros.
    • Los beneficiarios no podrán tener deudas a la hora de realizar la solicitud.
    • La falta de presentación de la documentación en los plazos establecidos dará lugar a la desestimación de la solicitud y a la denegación del derecho a ser beneficiario de las bonificaciones en dicho año.
       
  • Condiciones patrimoniales.
    • El valor catastral de la vivienda habitual no podrá superar los 165.000 euros.
    • Los beneficiarios de la unidad de convivencia no podrán tener en propiedad una segunda vivienda.*
      * Se entenderá por propietario si se posee del 50% o más de la vivienda.
       
  • Usos adecuados.
    • El uso indebido de los servicios puede suponer la pérdida del derecho a la bonificación. Se considerarán usos inadecuados:​​​​​​​
      • El consumo de agua deberá ser responsable y no podrá superar los 11 metros cúbicos por persona por trimestre.*
      • Cometer una infracción en materia de residuos.
      • Una vez inscrita en los cursos del polideportivo, en Udajolas y en la haur eskola, si algún beneficiario falta a más de un 20 % de las horas sin justificar en el caso de mayores de 16 años, o a más de un 30 % en el caso de beneficiarios de 16 años y menores, se tomará como uso inadecuado del servicio. Se constatará con informe técnico del departamento responsable del servicio.

        * Si se demuestra que se ha producido alguna avería, no se perderá el derecho.

¿A partir de cuándo se aplicarán?

Entrarán en vigor a partir de la fecha de la resolución.

  • En el caso de liquidaciones trimestrales se aplicará a partir del siguiente trimestre completo.
  • En el caso de los abonos del polideportivo, a partir del 1 de enero.

No será necesario renovarlo anualmente: mientras que no se modifiquen las condiciones del beneficiario/a, se mantendrán. En caso de cualquier modificación deberá ser comunicada al ayuntamiento. El ayuntamiento podrá revisar anualmente, de oficio, la situación de los/as bonificados/as.

 

Pérdida de derechos

  • Se les denegará el derecho a la bonificación a todos los miembros de la unidad de convivencia, durante los dos años siguientes, en los siguientes casos:
    • En caso de uso inadecuado de los servicios. Sólo afectará a la tasa en la que se hayan dado usos inadecuados.
    • Cuando el ayuntamiento, tras la revisión de oficio, resuelva que el beneficiario no cumple los requisitos para ser beneficiario de las bonificaciones, o se modifique cualquier condición y no se comunique al ayuntamiento.

 

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud.*
  • En el caso de que no se autorice la acreditación de las condiciones económicas en la Diputación Foral, la persona solicitante deberá presentar la documentación acreditativa de la situación económica de la unidad de convivencia.
    ​​​​​​​
    *Están disponibles en la web municipal usurbil.eus y en el registro municipal.

 

Cómo se pueden solicitar

  • Presencialmente, en el ayuntamiento.​​​​​​​
    • Plaza Joxe Martin Sagardia s/n (Usurbil, 20170)
    • Horario: 09:00 / 14:00
    • Teléfono: 943 37 19 51
  • Correo ordinario
    • Plaza Joxe Martin Sagardia s/n (Usurbil, 20170)
  • A través de Internet
    • https://www.usurbil.eus/servicios telemáticos
    • Encontrarás la solicitud en el apartado de Impuestos, tasas y multas.
    • Tarjeta B@KQ
      • Para poder solicitar el derecho a las bonificaciones a través de Internet necesitarás la tarjeta B@KQ: es una firma electrónica que sirve para asegurar tu identidad. Puedes solicitarlo en el Ayuntamiento de Usurbil o en la web izenpe.eus
      • Además del ayuntamiento, B@KQ sirve para realizar trámites electrónicos con otras instituciones: Diputación Foral de Gipuzkoa, Gobierno Vasco, Osakidetza...

 

¿Hay que pagar algo?

Realizar la solicitud es gratis.

 

Cuándo solicitarlas

En cualquier época del año.

 

Más información

Interventor de cuentas de Usurbil
Plaza Joxe Martin Sagardia, s/n
20170 Usurbil

943 37 19 51
errenta@usurbil.eus

 

Documentos

Ordenanza de bonificaciones municipales

27.06.2024

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