Ohartarazpena
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Las grabaciones de los plenos se regulan en el anexo II del Reglamento Orgánico Municipal. Deberán tratarse con cautela respecto de su manejo y tratamiento. El incumplimiento del deber de cautela dará lugar a responsabilidad en los casos en los que el tráfico o redifusión perjudique la imagen o los intereses corporativos o afecte a la protección de datos.